PaveI
Miembro de Bronce
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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) le da Estado peruano seis días de plazo para emitir un informe sobre el del concedido a Alberto Fujimori Fujimori y le recuerda que está vigente la obligación de abstenerse de liberarlo.
El pedido de la CIDH fue hecho luego de conocer el auto del Tribunal Constitucional. En este declaran improcedentes los pedidos de aclaración hechos por el abogado de Alberto Fujimori. Y por el procurador del Poder Judicial, respecto a su decisión de marzo del 2022.
Sobre este asunto y ante la posibilidad de darle el indulto al expresidente, la CorteIDH pidió al Estado peruano presentar los descargos a más tardar este 6 de diciembre.
¿Qué dice el documento enviado por la CIDH?
El documento oficial, enviado este miércoles, en el que esta instancia judicial supranacional da como plazo máximo el próximo 6 de diciembre, para que “el Perú comparta sus observaciones respecto a este escrito”, pide explicaciones específicas sobre algunos puntos.
“Siguiendo instrucciones del Presidente del Tribunal, se solicita al Estado que, a más tardar el 6 de diciembre de 2023, remita un informe en el que presente sus observaciones al referido escrito de los representantes. Teniendo en cuenta lo ordenado por esta Corte en la Resolución de 7 de abril de 2023. En lo que respecta a la “supervisión específica relativa al indulto “por razones humanitarias” concedido a Alberto Fujimori ” (…)”, reza el documento de la Corte IDH.
Asimismo, instó al Estado peruano a enviar una “información detallada y actualizada” sobre lo solicitado. Esto, en el marco del cumplimiento de su disposición, emitida en abril del 2022.
“Al respecto, y teniendo en cuenta lo señalado por los representantes, la Corte IDH requiere al Estado que remita información actualizada. Y detallada sobre el cumplimiento de lo ordenado en el punto resolutivo segundo de la referida Resolución de la Corte Interamericana de 7 de abril de 2022 (…)”, refiere en otra parte.
El pedido de la CIDH fue hecho luego de conocer el auto del Tribunal Constitucional. En este declaran improcedentes los pedidos de aclaración hechos por el abogado de Alberto Fujimori. Y por el procurador del Poder Judicial, respecto a su decisión de marzo del 2022.
Sobre este asunto y ante la posibilidad de darle el indulto al expresidente, la CorteIDH pidió al Estado peruano presentar los descargos a más tardar este 6 de diciembre.
¿Qué dice el documento enviado por la CIDH?
El documento oficial, enviado este miércoles, en el que esta instancia judicial supranacional da como plazo máximo el próximo 6 de diciembre, para que “el Perú comparta sus observaciones respecto a este escrito”, pide explicaciones específicas sobre algunos puntos.
“Siguiendo instrucciones del Presidente del Tribunal, se solicita al Estado que, a más tardar el 6 de diciembre de 2023, remita un informe en el que presente sus observaciones al referido escrito de los representantes. Teniendo en cuenta lo ordenado por esta Corte en la Resolución de 7 de abril de 2023. En lo que respecta a la “supervisión específica relativa al indulto “por razones humanitarias” concedido a Alberto Fujimori ” (…)”, reza el documento de la Corte IDH.
Asimismo, instó al Estado peruano a enviar una “información detallada y actualizada” sobre lo solicitado. Esto, en el marco del cumplimiento de su disposición, emitida en abril del 2022.
“Al respecto, y teniendo en cuenta lo señalado por los representantes, la Corte IDH requiere al Estado que remita información actualizada. Y detallada sobre el cumplimiento de lo ordenado en el punto resolutivo segundo de la referida Resolución de la Corte Interamericana de 7 de abril de 2022 (…)”, refiere en otra parte.
