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La Iglesia Católica asesinó al Papa Juan Pablo I porque dijo: "La Iglesia no debe tener poder ni poseer riquezas"

FALSO, NADIE PUEDE PERDER LA CIUDADANÍA A MENOS QUE RENUNCIE A ELLA EXPRESAMENTE!!! INCLUSO EN ALGUNOS PAÍSES NO ACEPTAN RENUNCIAS A LA CIUDADANÍA!!!


Por lo menos lis papás italianos antes de 1992, la perdían.

Pierden la ciudadanía:
Todas aquellas personas que se hayan naturalizado en un país extranjero antes del día 16 de agosto de 1992. Por ende, sólo se transmite la ciudadanía italiana a los hijos nacidos antes de la naturalización de los padres en el país extranjero.​
Para adquirirla de nuevo, el ciudadano tiene que mudarse y residir un año en Italia y cumplir una serie de requisitos previstos por la ley al momento de mudarse. Esta ciudadanía adquirida por segunda vez, se transmite a los hijos menores de edad​

Albino Luciani era italiano y asumió la nacionalidad vaticana el 26 de agosto de 1978.

Juan Pablo II perdió la polaca porque el Pacto de Varsovia selakaba que pierden la nacionalidad quienes asuman la de un país fuera del pacto.

Ratzinger la perdió porque la ley alemana también lo señala

Solo así puede ser aceptado por tidos los países.

El único papa que no ha renunciado es Francusci, quien renovó su DNI y pasaporte argentino renunvcando al oasaporte diplomático.

Pese a ser el jefe de otro Estado, Jorge Bergoglio le trasmitió al Gobierno sus ganas de seguir "siendo argentino" y tramitó el nuevo DNI y el pasaporte.
No te liga una ni de casualidad.
 
Para rematarte animal.

El Pacto de Letran es claro, el Papa Italiano deja de ser italiano.


Artículo 4​
La soberanía y jurisdicción exclusiva que Italia reconoce a la Santa Sede sobre la Ciudad del Vaticano, supone que en la misma no haya alguna injerencia por parte del Gobierno italiano y que no haya otra autoridad que no sea la de la Santa Sede.​

...​


Artículo 9​
Conforme a las normas del derecho internacional, están sujetas a la soberanía de la Santa Sede todas las personas que tienen residencia estable en la Ciudad del Vaticano. Tal residencia no se pierde por el simple hecho de una morada temporánea en el exterior, no acompañada de la pérdida del alojamiento en la misma Ciudad, o por otras circunstancias que demuestren el abandono de dicha residencia.
Al cesar la sujección a la soberanía de la Santa Sede, las personas mencionadas en el párrafo precedente, según los términos de la ley italiana, indipendientemente de las circunstancias previstas de hecho, que no estén ya en posesión de otra nacionalidad, serán consideradas en Italia como ciudadanos italianos.​
A dichas personas, mientras estén sujetas a la soberanía de la Santa Sede, serán aplicables en el territorio del Reino de Italia, incluso en las materias en que se debe observar la ley personal (cuando no sean reguladas por normas emanadas de la Santa Sede), las de la legislación italiana, y en caso de personas consideradas de otra nacionalidad, las del Estado al que pertenezca.​
Artículo 10​
Los dignatarios de la Iglesia y las personas pertenecientes a la Corte Pontificia, que serán indicadas en un elenco acordado entre las Altas Partes contrayentes, aunque no fueran ciudadanos del Vaticano, estarán siempre y, en todo caso, respecto a Italia, exentas del servicio militar, del tribunal y de toda prestación de carácter personal.
Esta disposición es aplicable también a los funcionarios contratados declarados por la Santa Sede indispensables, a los empleados con contrato fijo en las oficinas de la Santa Sede, Dicasterios y otras oficinas indicadas en los artículos 13, 14, 15 y 16, existentes fuera de la Ciudad del Vaticano. Tales funcionarios serán detallados en otro elenco, que será acordado como se ha indicado antes y que será actualizado anualmente por la Santa Sede.​
Los eclesiásticos que, por motivos de trabajo, participen fuera de la Ciudad del Vaticano en la emanación de los actos de la Santa Sede, no están sujetos por ello a impedimentos, investigaciones o molestias por parte de las autoridades italianas.​

Su Santidad el Sumo Pontífice Pio XI y Su Majestad Victorio Emanuel III Rey de Italia,​

Se acabó, Italia libera a los papas de la sobranía italiana.

Además la ley italiana dice que cualquiera que se nacionalice de otro estado, deja de ser italisno aunque no renuncia, hasta 1992.

Cagado.
 
VESTE BURRO, ÉL MISMO SE HACE EL HARAKIRI Y ME DA LA RAZÓN:

Al cesar la sujección a la soberanía de la Santa Sede, las personas mencionadas en el párrafo precedente, según los términos de la ley italiana, indipendientemente de las circunstancias previstas de hecho, que no estén ya en posesión de otra nacionalidad, serán consideradas en Italia como ciudadanos italianos.
A dichas personas, mientras estén sujetas a la soberanía de la Santa Sede, serán aplicables en el territorio del Reino de Italia, incluso en las materias en que se debe observar la ley personal (cuando no sean reguladas por normas emanadas de la Santa Sede), las de la legislación italiana, y en caso de personas consideradas de otra nacionalidad, las del Estado al que pertenezca.

YA PUES, SONSONAZO IGNORANTE, AL PAPA AUNQUE ESTÉ SUJETO A LA SOBERANÍA DEL VATICANO, SE LE APLICA LA LEY DEL TERRITORIO ITALIANO, O SEA, SÍ SE PODÍA HACER LA AUTOPSIA, PERO NO SE HIZO PORQUE TU IGLESIA LO MANDÓ A MATAR PORQUE EL PAPA JUAN PABLO I QUERÍA ACABAR CON EL PODER Y RIQUEZA DE LA IGLESIA, MÁS CLARO NI EL AGUA!!!
Q

Lee imbécil

"Cuando no sean reguladas por normas emanadas de la Santa Sede"
La Santa Sede regula las autopsias
 
OYE IMBÉCIL, EL VATICANO NO PUEDE ESTAR POR ENCIMA DE LAS LEYES ITALIANAS CUANDO UNO ES CIUDADANO ITALIANO, EL VATICANO NO TE PUEDE QUITAR TU NACIONALIDAD, ANIMAL!!!


Y el Vaticano no puede estsr dobre las leyes del Vaticano.

Segùn Italua, los que asumìan ka nacionalidad de otro paìs, ya no son italianos.

Pierden la ciudadanía:
Todas aquellas personas que se hayan naturalizado en un país extranjero antes del día 16 de agosto de 1992. Por ende, sólo se transmite la ciudadanía italiana a los hijos nacidos antes de la naturalización de los padres en el país extranjero.​
Para adquirirla de nuevo, el ciudadano tiene que mudarse y residir un año en Italia y cumplir una serie de requisitos previstos por la ley

 
OYE IMBÉCIL, EL VATICANO NO PUEDE ESTAR POR ENCIMA DE LAS LEYES ITALIANAS CUANDO UNO ES CIUDADANO ITALIANO, EL VATICANO NO TE PUEDE QUITAR TU NACIONALIDAD, ANIMAL!!!


Creo que el Vaticano tiene estatus de estado independiente.
 
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